El MOP  Aclara que la Multa Impuesta al Consorcio Cuarto Puente fue por Atrasos al  Diseño de la Obra

El MOP Aclara que la Multa Impuesta al Consorcio Cuarto Puente fue por Atrasos al Diseño de la Obra

El Ministerio de Obras Públicas (MOP) aclara a la ciudadanía que se le aplicó una multa a la empresa Consorcio Panamá Cuarto Puente (CPCP), debido al retraso del diseño de esta mega obra, como lo establece el contrato. ​


La aclaración de la institución surge luego que en el diario La Estrella de Panamá, de este lunes 10 de febrero de 2020, se publicara una nota titulada “Consorcio Cuarto Puente rechaza multa por atraso”, en la que la empresa demandó ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ), una sanción por B/. 1.03 millones que le impuso el MOP por el atraso. ​


El Ministerio de Obras Públicas reitera, que se cumplió con el debido proceso y que esta entidad será respetuosa de los derechos que tienen las empresas en acudir a la Corte Suprema de Justicia.    El MOP enfatiza que estará anuente a la decisión que emita la CSJ. ​


De acuerdo con el Cronograma Base-R3, las fechas límite para la entrega de las Fases 3 y 3A de Diseño (90%) del Cuarto Puente sobre el Canal de Panamá eran el 2 de junio y el 11 de agosto de 2019, respectivamente, detalla la institución. ​


Sin embargo, debido a la omisión en la entrega de las fases 3 y 3A de diseño, el 12 de septiembre de 2019, el MOP aplicó a CPCP la multa por demora establecido en el contrato. Los significativos atrasos en la fase de diseño que generaron la imposición de la multa al CPCP, motivaron también que el Estado se viera en la necesidad de estudiar fórmulas, para asegurar la terminación oportuna, tanto del Cuarto Puente como del proyecto de la Línea 3 del Metro de Panamá que dependía del primero, detalla el MOP. ​


El 16 de octubre de 2019, el MOP le ordenó al CPCP una modificación unilateral para  separar ambos proyectos, con el fin de simplificar y facilitar los trabajos al consorcio y obtener ahorros para el Estado, particularmente en pago de compensaciones por liberación de vía.  ​


La institución explica que contra la multa, al CPCP se le concedieron los recursos de reconsideración y apelación, confirmándose de manera definitiva el 6 de diciembre de 2019.


El MOP también recalca, que los despidos realizados por el CPCP son de su entera responsabilidad y obedecieron a una decisión unilateral de su parte, ya que de no haberse registrado el retraso en la entrega de las fases de diseño, no se habría requerido modificar el proyecto, con miras a compensar dicho retraso y evitar mayores perjuicios a la población del Oeste que espera soluciones viales y de movilidad con urgencia. ​

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